Comunicado Agosto 2020
RESOLUCIÓN 350.CP.2020, Consejo Politécnico en sesión extraordinaria realizada el día viernes 12 de junio del año 2020, da a conocer que se aprueba cambios en el reglamento de régimen académico, en este caso, se les da a conocer las modificaciones en cuanto a titulación. En el CAPITULO XII. UNIDAD DE INTEGRACIÓN CURRICULAR Artículo 85 .- Matrícula del trabajo de Integración Curricular.- Para la matricula en Integración curricular el estudiante debe haber aprobado el penúltimo nivel de la carrera y haber cumplido con todos los requerimientos establecidos en la malla curricular hasta este nivel. El estudiante podrá cambiarse de modalidad de titulación por una sola vez. Artículo 86.- Reprobación de la Unidad de Integración Curricular.- Un estudiante podrá reprobar hasta 2 (dos) veces la modalidad de titulación de la Unidad de Integración Curricular; y solicitar como caso excepcional la tercera matrícula. Primera matrícula : es aquella que fue analizada y aprobada en la Unidad de Integrac...